martes, 10 de julio de 2012

No heredes problemas, pon tus papeles en regla

Tener un testamento es el primer paso para que tus bienes no se conviertan en líos para tus herederos. “Toda la vida trabajas para crear un patrimonio y por no dejar las cosas claras en un testamento puedes perder gran parte de lo acumulado”, dice Edgar González Peredo, profesor de Obligaciones y Contratos Civiles de la Escuela Libre de Derecho y la Universidad Panamericana.

Para que todo lo que logres en la vida no solo lo disfrutes tú, sino que llegue a mejorar la vida de tus herederos, debes tener un testamento y dejar tus papeles en orden.

Y sí, es cierto, cuando haces un testamento dejas por escrito ciertos afectos que en el tiempo pueden cambiar, explica el notario Guillermo Escamilla, Notario 243 y presidente de la Comisión de Comunicación del Colegio de Notarios del Distrito Federal, pero no te preocupes porque un testamento lo puedes ajustar según tus deseos. Lo importante es que lo tengas para que en el momento en el que faltes, tus herederos solo sufran tu pérdida y no líos con papeles y sucesiones. 

El testa… ¿qué?

El testamento es el documento que permitirá que tus deseos se cumplan a la hora de tu fallecimiento, es decir, que lo que tienes de bienes lleguen a las personas que tú has estipulado.

Lo puedes hacer desde que tienes 16 años y sólo necesitas tener una identificación oficial y visitar a un Notario.

La idea de este documento no es pensar en la muerte, sino estar tranquilo y vivir tu vida. Es tan sencillo que puedes hacerlo sobre “tus bienes presentes y los futuros”, explica González Peredo. Y si sigues la regla de que sea un documento sencillo y muy claro es probable que no tengas que revisarlo durante muchos años.

Hay dos figuras importantes en el testamento, explica Escamilla: los herederos y el albacea.

Los herederos son las personas a quienes quieres dejarles tus bienes y el albacea es la persona que se encargará de que lo que establezcas en el testamento se realice. Y de hecho, una se las primeras tareas que tiene es hacer un inventarios de los bienes para que todos lleguen al as personas adecuadas.

A la persona que escojas como albacea debes avisarle, dice Escamilla, y puedes ayudarle o hacerle menor el trabajo si tienes todos tus papeles en regla e incluso, ordenados. Sigue leyendo para que veas cómo lograr una sucesión sin líos para tus herederos. 

Lo personal

1.- Los hijos: Una de las partes complicadas del testamento es establecer –si tienes hijos menores de edad- quién va cuidarlos. En este aspecto hay dos figuras en las que debes pensar: el tutor y el curador. El tutor seré quien cuide de tus hijos y los bienes que les dejes hasta que sean mayores de edad. El curador es “el policía del o los tutores”, dice González Peredo.

2.- Las joyas y las obras de arte: Si tienes joyas y obras de arte, es otro de los bienes que debes especificar en tu testamento. Lo que se recomienda es tener un inventario de qué es lo que tienes y a quién se lo quieres dejar, si es que lo deseas especificar. Esto se puede hacer en un anexo al testamento. Pero por ahora, no está de más que tengas un inventario en casa de lo que vas adquiriendo.

Tus bienes inmuebles

En el testamento no necesitas especificar cada uno de los bienes inmuebles que tienes y a quién se lo quieres dejar, a menos de que así lo desees.

La recomendación es que para no heredar problemas con los bienes inmuebles tengas en regla: la escritura, el pago del predial y del agua. ¿Por qué?, porque si no lo tienes, entonces tus herederos deberán regularizar el inmueble y pagar las deudas de éste, con recargos.

“El patrimonio va cambiando conforme pasa el tiempo, es como tu cartera, tiene entradas y salidas, en principio, el testamento debería dejar abierto para considerar entradas y salidas en el patrimonio”, dice Escamilla.

Por ejemplo, si inviertes en bienes raíces entonces no es conveniente que en el testamento especifiques todos los inmuebles que tienes y a quién se los quiere dejar, pues es probable que surja alguna oportunidad y que vendas alguno.

Lo que es recomendable es que tengas una hoja por separado al testamento en el que listes todas las propiedades que tienes, y si las vendes o adquieres nuevas, entonces solo ajustas este inventario. Esto va a ayudar a tu albacea a la hora de ponerse a trabajar en tu sucesión.

Si tienes una propiedad que todavía no es tuya porque estés pagando una hipoteca, entonces debes especificar con qué institución tienes el crédito y dónde están los papeles del seguro que liberarán el inmueble y la deuda a la hora de tu muerte.

Escamilla solo recomienda mencionar un bien inmueble en el testamento cuando consideras que se quedará en tu patrimonio para siempre.

Si tienes un bien raíz en co-propiedad, entonces debes entender que sólo puedes heredar el porcentaje que te pertenece. “Cada porcentaje sigue la suerte de quienes sean los herederos”, dice González.

Por ejemplo, si tu casa está escriturada a nombre de tuyo y de tu pareja, pero se divorcian, entonces cada uno tiene el 50%. Si ustedes a su vez tienen cada uno dos hijos con una segunda pareja y heredan a sus hijos, entonces esta propiedad se dividirá en 25% por hijo.

Si a esto se le suma que la escritura no esté en regla, por ejemplo, o que no la tengas, se complica la sucesión.

No te preocupes sino tienes la escritura de tu inmueble, lo que necesitas es el número de la escritura, la fecha de adquisición y el nombre del Notario encargado, explica Escamilla.

Los notarios guardan los documentos durante cinco años y después los envían a un archivo, así que siempre puedes sacar la copia de una escritura con estos datos.

Otros datos que debes tener, si es que no tienes un archivo completo, es el de la cuenta de predial y de agua.

Cuentas de banco, inversiones y seguros

Los seguros de rigen bajo la Ley de Contrato de Seguros y las cuentas bancarias y de inversiones bajo la de la Comisión Nacional Bancaria, esto quiere decir, que no tienes que especificar en tu testamento dónde están las cuentas y a quién se las dejas. De hecho, cuando se abre la cuenta de cheques o la de inversiones y se contrata un seguro se establece quién es el beneficiario de dicho bien.

En este caso la recomendación de Escamilla y González es tener los papeles ordenados en un archivo y que tus hijos, el albacea o tus herederos sepan dónde están, quién es el beneficiario y en qué situación está cada cuenta o seguro.

Para esto puedes hacer un inventario, en el que puedes también incluir tus deudas, si así lo quieres y si éstas tienen un seguro en caso de fallecer, como sucede en el caso de la hipoteca o el crédito automotriz.

Por otro lado, para cobrar los seguros se necesita el acta de defunción y a veces un documento que muestre que la sucesión se ha llevado a cabo, por lo que estos trámites deberán realizarlos tus herederos.

¿Y cuánto cuesta testar?

Según datos de Guillermo Escamilla, del Colegio de Notarios, un testamento en el Distrito Federal cuesta alrededor de $3,500 pesos. Pero si aprovechas el mes del Testamento que es en Septiembre, entonces el valor se reduce a aproximadamente $1,500 pesos (costo que se tuvo en septiembre de 2011, puede variar este 2012).

Otros programas que puedes aprovechar son las Jornadas Notariales en el Distrito Federal, habrá unas en julio y agosto, en las que el costo del testamento es de $1,100 pesos.

Finalmente, el DF también tiene un programa para que a los adultos mayores que están registrados en el programa de Pensión Alimentaria, en el que el testamento cuesta $400 pesos y se divide en ocho pagos con cargo a sus tarjetas.

“El mensaje es: hagan testamento, el costo siempre va a ser menor a los problemas que puedes heredar si no dejas las cosas claras”, añade Edgar González Peredo, de la Libre de Derecho.


Editorial Metroscubicos / Regina Reyes-Heroles C.

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