jueves, 31 de mayo de 2012

Tips para negociar tus deudas


La negociación es un esfuerzo de interacción para generar beneficios para cada una de las partes. Es un proceso por el cual el acreedor y el deudor resuelven un conflicto generado por la falta de pago de un préstamo o financiamiento, acuerdan líneas de solución una cantidad justa a liquidar y procuran que la deuda quede finiquitada en su totalidad.


Negociar el pago de una deuda se contempla generalmente como una forma de resolución alternativa al problema de la falta de liquidez para poder cumplir con nuestras obligaciones financieras.


Cuál es el mejor acuerdo
El mejor acuerdo que podemos buscar con nuestros acreedores se denomina: quita, que es un descuento que se aplicará de manera directa sobre el saldo que se adeuda.


Por ejemplo, si actualmente tuvieras una deuda de $100 mil pesos, podrías negociar una quita de 80%; es decir, que es posible liquidar esa deuda totalmente con $20 mil pesos.


Así que la quita tiene la gran ventaja de ofrecer la posibilidad de liquidar una deuda con una fracción del total.


Cuáles serían las desventajas

• Para que exista una quita, debe haber cierto tiempo de mora; es decir; que ya haya algunos meses en suspensión provisional de pagos.
 • Puedes quedar con una mala nota en el Buró de Crédito por lo menos seis años. Esto se puede evitar exigiendo que no haya penalización en el buró al momento de negociar.
 • Existe la posibilidad de un proceso judicial por la falta de pago. Pero el acreedor siempre buscará negociar con el deudor antes iniciar cualquier demanda.
 • Si bien existe la opción de las reestructuras (o planes de pagos). No es una solución para todos, pues en ocasiones son económicamente imposibles de cumplir.


Condiciones para una buena negociación


Por regla general, el camino de la negociación no es sencillo, pero llevándola de forma correcta es posible llegar a solucionar los problemas de endeudamiento. Caso contrario, si la negociación no se lleva de manera adecuada se puede convertir en un grave problema a muy largo plazo.


Antes de haber una negociación adecuada debes cumplir algunos parámetros con cada tipo de deuda:


• Haber iniciado una suspensión provisional de pagos.
• Estar en mora legal.
• No haber hecho muchas promesas falsas de pago al acreedor.
• Contar con recursos económicos para cumplir con la negociación.


Cómo negociar correctamente


Existen dos medios para llegar a una negociación con el acreedor: que el deudor haga un ofrecimiento o que el acreedor o su representante hagan un ofrecimiento.


• El primer paso será que reúnas aproximadamente el 30% del monto adeudado al día de la negociación.
• Una vez que tengas esta cantidad, deberás contactar a tu acreedor.
• Cuando hayas contactado a tu acreedor deberás ofertar la cantidad con la que deseas liquidar tu adeudo (siempre ofrece menos de lo que en realidad tengas para que al final de la negociación pagues con la menor cantidad de dinero posible).
• Si el acreedor acepta tu oferta deberás exigir una carta-convenio en la que se deberá señalar de forma clara todos y cada uno de los términos y condiciones de la negociación pactada. El acreedor deberá enviar ese documento a través de una dirección de correo electrónico, una vez que tengas la carta es recomendable que pidas que la revise algún abogado de confianza.
• La carta-convenio será el elemento probatorio que te respaldará ante cualquier negociación. Por esta razón es un elemento indispensable y un derecho del deudor.
• Dicha carta-convenio es un contrato a corto o mediano plazo que celebran el deudor y el acreedor, donde pactan el modo en el que se liquidará un adeudo. En el documento se especificarán las obligaciones, así como los beneficios de las partes.
• No cualquier papel que mande el banco o despacho de cobranza es una carta-convenio. Este documento debe de cumplir con una serie de requisitos, señalando en sus cláusulas claramente los tiempos y formas mediante las cuales se llevará a cabo el convenio de pago con el acreedor.


Qué debe contener una carta convenio 


Existen una serie de elementos que, dada su importancia, bajo ninguna circunstancia deben hacer falta en una carta convenio:


• Logotipo del emisor. Si la carta es elaborada por un despacho de cobranza, deberá tener el logotipo del despacho y no del acreedor.
• Razón social exacta, tanto del emisor (si es un despacho de cobranza), cómo del acreedor. (El no cumplir con este requisito, es el equivalente a que el nombre del deudor venga mal escrito o solamente su nombre de pila).
• Fecha exacta de vencimiento del convenio.
• Número de cuenta o de crédito, sin edición alguna.
• El depósito de la cantidad acordada se deberá efectuar siempre en la cuenta negociada, salvo que la deuda haya sido vendida a un tercero.
• Las cantidades, tanto del adeudo total como del monto a pagar, escritas con número y letra.
• Señalar de forma clara que con el pago único de la cantidad acordada, en la fecha señalada, se liquidará en su totalidad la deuda expuesta en la carta convenio.
• Carta finiquito. Señalar el tiempo de entrega de la carta finiquito, así como la dirección de correo electrónico y los teléfonos del acreedor donde será solicitada.
• Nombre y firma de la persona responsable de esta negociación (del despacho y/o del acreedor directamente), así como sus datos de contacto.


Cuidado con los engaños


Descuentos falsos: Los cobradores, con el fin de obtener su comisión y cumplir sus metas, acostumbran muchas veces hacer ofrecimientos falsos. Es decir, que inventan descuentos para que liquides tu deuda.Obviamente, estos descuentos NO son autorizados ni ofrecidos directamente por el banco, es decir que son un simple timo.


¿Cómo detectar los descuentos falsos?


Los descuentos falsos son fácilmente identificables porque:


• El despacho se niega a dar una carta convenio
• El despacho asegura que con una simple llamada es suficiente pues el descuento se "registra" en su sistema.
• Mandan una supuesta "carta convenio" que no cumple con los requisitos suficientes.
• Al tratar de verificar el descuento con el banco, este nos indica que: "nos arreglemos con el despacho".
• Siempre exige una carta convenio que respalde cualquier ofrecimiento. Es tu derecho-
• Nunca creas lo que te prometa un cobrador: No hagas pagos "de buena fe". Las cartas convenio no están condicionadas.


Editorial Metroscubicos / Gustavo Guzmán
Fuente: Defensa del deudor.

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