martes, 5 de abril de 2011

Conoce los derechos de los trabajadores ante el Infonavit

El patrón tiene la obligación ante el Infonavit de inscribir a sus trabajadores manifestando el salario diario integrado que le está pagando en ese momento, proporcionar los datos correspondientes y hacer las aportaciones del 5% sobre el salario diario integrado que se le pague, también debe presentar los avisos cuando se modifique la situación laboral del trabajador, como son: Alta, Baja, Modificación de salario y Reingreso, así como aquellos que modifiquen su situación patronal, como son: Alta, Baja Cambio de domicilio, Cambio de razón social, aumento o disminución de obligaciones, Clausura, fusión, Enajenación, Concurso mercantil, declaración de quiebra y huelga.

Estos avisos tienen que ser presentados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en un periodo de tiempo de 5 días hábiles a partir de que ocurra cualquiera de los hechos anteriormente señalados, con excepción de la huelga en la que el plazo aumenta a 8 días.

Derechos de los trabajadores

Inscribirse al Infonavit dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en el que comenzó a prestar sus servicios.

Informar al Infonavit de manera correcta el Nombre, Número de Seguridad Social (NSS) y salario.

Al inscribirlo, declarar el salario diario integrado que percba en ese momento e informar oportunamente los aumentos que se vayan presentando con el tiempo.


Pagar el 5% sobre ese salario, para contituir el fondo de vivienda que es administrado por el Infonavit, el que es parte de su patrimonio y le servirá para obtener un crédito de vivienda o para su retiro.


Pagar al instituto los descuentos que haya efectuado a su salario cuando cuente con crédito de vivienda otorgado por el Infonavit.

Además, si trabaja para un patrón que se dedica, de manera esporádica o permanente, a la contrucción, éste le tiene que entregar, según la peridiocidad con la que le pague (semanal o quincenalmente), una constancia escrita donde señale el número de días que trabajó y el salario que percibió.


El trabajador es quien tiene el derecho de iniciar uno o varios procesos para fincar responsabilidades en contra de un patrón que no cumpla con lo anterior, por eso es aconsejable que cuando su patrón no cubra sus aportaciones ante el Infonavit, lo demanden en la vía laboral ante las juntas de Conciliación y Arbitraje, o bien, presenten su queja ante el propio Infonavit, o ante la Secretaría del Trabajo.


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